viernes, 4 de julio de 2008

TALLER PROPIEDAD PRIVADA Y EXPROPIACION



¿En que consiste la función ecologica de la propiedad privada?
consiste en la intervención de la propiedad de la mano del Estado para buscar el desarrollo de la nación, y conduciendo al crecimiento económico, al bienestar social también contribuyendo al buen nivel de vida que deben recibir todas las personas sin discriminación alguna, esto sin tener que deteriorar los recussos del medio ambiente y al contrario resguardando el medio ambiente sin el cual seria muy dificil casi utópico vivir y haciendo una gran reflexion, en cuanto a este tema diria yo que el medio ambiente es causal de vida del ser humano es causal de mucho cuidado por parte del Estado, del que es obligacion de este el cuidado de nuestras selvas, bosques, tierras y no por el contrario el debilitamiento de aquellas fertiles tierras de las cuales nos alimentamos diariamente.

¿Cuál es la función social de la propiedad privada?
Cada propietario es responsable por su propiedad, lo ideal es que el propietario de algun bien lo conserve lo cuide, haga de su propiedad un buen uso y sobretodo que lo conserve y lo enriquezca y nutra de cuidados para que en el futuro sea reconocido como un disfrute propio del hombre y de las generaciones esta pues, es la funcion social de la propiedad privada.

¿Cuales son las formas asociativas y solidarias de propiedad?
se derivan de los distintos sectores de la actividad economica nacional como enfoques hacia la seguridad social, la salud, el saneamiento ambiental relacionados con los Art 48 y 49 de la constitucion. Otros enfoque que buscan participación de los trabajadores en la gestión empresarial y el acceso a la propiedad democrática o accionarias a través de las organizaciones solidarias, como lo predican los Art 57 y 60 de la constitucion. El Art64 relacionado con la propiedad de la tierra y los trabajadores agrarios, tambien constituyen forma asociativa y solidaria y las organizaciones solidarias y de desarrollo empresarial que deben ser fomentadas y fortalecidas por el Estadosegún el Art 333 constitucional.

¿En que consiste la expropiación, cual es su procedimiento y requisitos?
Es una operación de derecho público, por la cual el Estado obliga a un particular a cumplir la tradición del dominio privado al dominio público de un bien, en beneficio de una comunidad y mediante una indemnización previa.
La expropiación tiene que cumplir varias etapas:
la primera es de orden legislativo. Esta le obliga a determinar los motivos de utilidad pública o el interés social y las razones de equidad para decretarla sin el pago de la correspondiente indemniación.
una segunda etapa de orden administrativo en la cual el Estado debe anunciar su pretensión y agotar todas las instancias correspondientes; por ejemplo buscar en primer lugar la venta voluntaria y en caso de no lograrse iniciar la acción pertinente, la cual en todos los casos esta sujeta, a los recursos ante la jurisdicción contencioso administrativa, salvo por los motivos y razones invocados por el legislador que son incontrovertibles por orden constitucional . En los casos que determine el legislador para adelantar la expropiación por vía administrativa ; en este caso, cualquier autoridad puede ordenar la expropiación sin el seguimiento de un procedimiento específico, por cuanto no lo hay pero necesariamente puede ser sujeto de acción ante lo contencioso administrativo, salvo lo ya advertido para las razones y motivos previstos por el legislador.



y una tercera etapa de orden judicial que se tramita con el procedimiento especial previsto por el codigo de procedimiento civil y por los procesos especiales determinados para la reforma agraria, urbana y obras públicas de energías y acueductos, en zonas de explotación petrolera y para atención desastres cada una de ellas con trámites ordenados por las las leyes respectivas.
la expropiacion por causa de guerra puede ser ordenada actualmente por el gobierno naciona, sin surtirse ningún procedimiento especial. pero las acciones indemnizatorias en este caso pueden adelantarse ante el contencioso administrativo.

-expropiacion por vía administrativa:
tine fundamento en al art 58 de la constitucion el cual señala que esta expropiacion será determinada por el legislador con posterior revision del juez contencioso administrativo indicando hasta el precio. El legislador debe pues especificar que utilidad pública tiene esta expropiacion y requerira la intervencion del juez una vez dicha ley este en firme y señalando la utilidad pública o social, para garantizar si procede o no y en aras del bien comun y la justicia. La misma ley señalara su procedimiento el cual debe seguirse en lo tocante a este tema, debiendose adelantar primerolos tramites de negociacion antes de proceder de acuerdo a la ley a la expropiacion por vias de derecho y coercion. Tambien se prevee la fijacion de acuerdo a justicia y equidad en interes del afectado las indemnizaciones correspondientes.

-Indemnizacion:
la expropiacion debe ir siempre acompañada de la indemnizacion, si bien es cierto que la expropiacion atiende unos intereses generales, el afectado no esta obligado a soportar esta carga sin la debida indemnizacion y el gobierno dueño de este procedimiento debera proceder a reparar al expropiado con el fin de pagar por su propiedad.

Propiedad intelectual:
Esta especie de propiedad esta asegurada juridicamente por la constitucion de colombia en el capitulo de los derechos economicos sociales y culturales, dicha propiedad esta protegida por el tiempo determinado en la ley para cada tipo de propiedad. Se protege el talento y el ingenio propis de la mencionada propiedad. La propiedad intelectual protege todas las formas de invencion origi8nal del ser humano tales como pinturas, obras literarias, composiciones musicales creacion de programas decomputacion o de otro medio tecnologico y en general las patentes que son registradas como invenciones propias y originales de la persona.
estas patentes son protegidas por el derecho constitucional y lo que se protege es la oralidad de estas creaciones, ellas son imprescriptibles inalienables inembargables y son protegidas hasta despues de la muerte del inventor de la obra hasta por determinado tiempo fijado en la ley. Estos inventos son explotados economicamente por los inventores y tienen proteccion de la ley. las invenciones de la propiedad intelectual son libres de cualquier gravamen por tratarse de propiedad tan originariamente de la capacidad del ser humano que lo creo, ademas la persona que ha realizado estas obras tiene unos privilegios especiales de explotacion sin convertirsen en monopolios sino que el Estado estimula a los inventores al no endilgarles una carga mayor por el contrario estimulandolos para que sigan creyendo y realizando estas creaciones obras, composiciones o invenciones tecnologicas y a futuro puedan ser beneficas hasta para toda una poblacion. Es tan protegida las obras de un autor que duran por su vida y por 50 años mas con lo cual se les garantiza un respeto total a estas intelectualidades como forma de propiedad. Pero las invenciones que radiquen en salud pública y defensa nacional pueden ser expropiadas, con indemnizacion y orden judiacial que decrete la expropiacion y la indemnizacion.

Bienes de uso público:
Los bienes de uso público son inembargables, inalienables no negociable por tratarse de bienes que le pertencen a todo el pueblo o a la nación. Estos son tierras comunales de grupos étnicos, parque naturales, patrimonio arqueologico, tierras de resguardo indígena y el espectro electromagnetico entre otros bienes que son no negiciables por ser bienes de la nación.

-Propiedad agraria y rural:
Segun la constitucion el Estado debe promover a los trabajadores agrícolas la adquisicion de tierras, ya sea de manera individual o asociativa con elk fin de proporcionarle a los campesinos una mejor manera de vida. Es preocupante que a través de muchas leyes no se haya encontado en Colombia la forma de brindarle ayuda en cuanto a la adquisicion de tierras a el campesinado.

Principios intervencionistas en la economia:
1-principios de direccion general de la economia: Ete principio señala que la economia la dirige ya sea parcial o totalmente el Estado, el Estado es el que ofrece e implanta herramientas hacia la direccion de todos las actuaciones economicas que se desarrollan en un estado.
Estos principios dicen que son o se implementan con el fin de garantizar una competencia leal, y son fundados en principios como la solidaridad y el interes público. Tambien dicen que garantizan el libre ejercicio de la actividad economica para todas las personas pero solo que midiendo estas actividades sin sacarles provecho abusivo restringiendo otras libertades fundamentales.
Todas las instituciones del Estado se encuentran trabajando en favor de la economia y de su direccionamiento relacionandolo con una empresa la cual el congreso e la repúbloica precide su junta directiva el presidente es el gerente que la administra con un equipo de trabajo organizado y compuesto por los ministro directores de departamento administrativo y funcionarios otros. Tambien esta el banco de la república que fija metas de economia y fija tambien proyectos para que lka economia sea mejor en pro de todos los sectores de colombia o de un pais ya que la economia esta afectada de inmiscucion desde un pequeño producyor o consumidor colombiano hasta uno grande. La economia esta siendo dirigida en primer lugar por el congeso en segundo lugar por el pesidente el tercer lugar se lo lleva el banco de la república quein debe hacerse cargo todo lo relacionado con el manejo de la moneda, el manejo cambiario las reservas internacionales.
2-Principios de intervencion por mandato de la ley:
Antes de la reforma de 1936 la economia estaba siendo manejada por el congreso y sus disposiciones sometidas a control y avaladas o no aprobadas por la corte suprema de justicia. Ya este concepto ha cambiado y la economia gira en torno al congreso el cual delimita las funciones economicas que deben surtir los dineros y la economia nacional y ejecutando planes y programas en donde estos deineros deben ser recopilados, administrados y destinados señalando pues en general disposiciones de organizacion para donde deben ser llevados estos dineros y como deben ser manejados.
El banco de la república tiene poder decisorio autónomo y responsable sobre los instrumentos de control monetario, cambiario, crediticio. El banco de la república ejercera las funciones de banca central. Esta organizado como persona jurídica de derecho público, con autonomia administrativa, patrimonial y técnica sujeto a regimen legal propio.
WILIAM LEGUISAMON